DETALLE DE LA INICIATIVA
DATOS DEL DICTAMEN
Fecha del Dictamen lunes, 26 de enero de 2026 ARCHIVO
Epigrafe Con Proyecto de Punto de Acuerdo mediante el cual la Legislatura 66 del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y con pleno respeto a su esfera de competencia y autonomía, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del Estado (SEDUMA), así como a los Ayuntamientos de Tampico, Ciudad Madero y Altamira, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, coordinen y ejecuten acciones urgentes para mitigar la contaminación de las lagunas y cuerpos de agua ubicados en la zona conurbada del sur de Tamaulipas, a fin de proteger el medio ambiente, la salud pública y el bienestar de la población, con el objeto de preservar estos ecosistemas y garantizar el derecho humano a un medio ambiente sano y acceso al agua
Fecha de Resolución martes, 17 de febrero de 2026

VOTACIONES DEL DICTAMEN
Votación del proyecto resolutivo
A favor Abstención En contra No voto Total Resultado
35 0 0 0 35 APROBADA VER EL ARCHIVO EN PDF
Representación grafica de los resultados de la votación
35 (100,0%)
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A Favor Abstención En Contra No Voto

DATOS DEL PUNTO DE ACUERDOO
ARCHIVO
Número del Acuerdo: 66 - 325 Fecha de Expedición: martes, 17 de febrero de 2026
Epigrafe MEDIANTE EL CUAL LA LEGISLATURA 66 CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES Y CON PLENO RESPETO A SU ESFERA DE COMPETENCIA Y AUTONOMÍA, PROPONE RESPETUOSAMENTE A LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES (SEMARNAT), A LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA (CONAGUA), A LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE DEL ESTADO (SEDUMA), ASÍ COMO A LOS 43 AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO, PARA QUE EN EL ÁMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS, COORDINEN Y EJECUTEN ACCIONES URGENTES PARA MITIGAR LA CONTAMINACIÓN DE LAS LAGUNAS Y CUERPOS DE AGUA UBICADOS EN SUS MUNICIPIOS, A FIN DE PROTEGER EL MEDIO AMBIENTE, LA SALUD PÚBLICA Y EL BIENESTAR DE LA POBLACIÓN, CON EL OBJETO DE PRESERVAR ESTOS ECOSISTEMAS Y GARANTIZAR EL DERECHO HUMANO A UN MEDIO AMBIENTE SANO Y ACCESO AL AGUA.