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Boletín de Prensa
Facultan de mayores atribuciones a titulares de las Presidencias Municipales
El Pleno del Congreso, aprobó las reformas al Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, a fin de que sea una atribución de quien ocupe la Presidencia Municipal, convocar a sesiones ordinarias de cabildo.
Comunicado No.: 3152  Fecha publicación: viernes, 03 de julio de 2020

El Pleno del Congreso, aprobó las reformas al Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, a fin de que sea una atribución de quien ocupe la Presidencia Municipal, convocar a sesiones ordinarias de cabildo.

Al presentar este Dictamen, en el marco de cierre de trabajos ordinarios, el Diputado Joaquín Antonio Hernández Correa, mencionó que actualmente la Presidenta o Presidente de los Municipios, está obligado a convocar únicamente a sesiones extraordinarias, por lo que es pertinente dotar de las bases legales necesarias para ampliar esas obligaciones.

Con las modificaciones avaladas al Código Municipal para el Estado, se estableció que corresponderá a quien ocupe dicho cargo, citar a sesiones del Ayuntamiento sin importar el carácter de estas.

De los argumentos vertidos en el Dictamen relativo a este asunto, se señala que es una práctica común que sea el Secretario del Ayuntamiento quien convoque a las sesiones ordinarias, cuando esta función no le corresponde, pues su figura no se considera como integrante del Ayuntamiento.

El Pleno del Congreso, aprobó reformas al Código Municipal para el Estado, a fin de atribuir a quien ocupe la Presidencia Municipal, convocar a sesiones ordinarias de cabildo.