VI . ELECCIÓN DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE QUE FUNGIRÁ DURANTE EL SEGUNDO RECESO DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE LA LXII LEGISLATURA.
VII . INICIATIVAS
1
De Decreto mediante el cual se reforman los artículos 20, fracción I y 27 párrafos tercero y cuarto y la fracción II; y se adiciona los párrafos quinto, sexto y séptimo del artículo 27 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas.
2
De Decreto mediante el cual se reforman y derogan diversas disposiciones del Código Penal para el Estado de Tamaulipas y del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas, publicado en el Periódico Oficial del Estado Anexo Número 5, de fecha 17 de enero de 1987 y vigente a partir del 15 de febrero de 1987.
3
De Decreto mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los Códigos de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas y de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas, publicado en el Periódico Oficial del Estado Anexo Número 5, de fecha 17 de enero de 1987 y vigente a partir del 15 de febrero de 1987, así como de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.
4
De Decreto mediante el cual se reforma los Artículos Primero y Tercero del Decreto LXI-990 mediante el cual se autoriza al Ayuntamiento de Reynosa, Tamaulipas, a donar un predio propiedad de su Hacienda Pública Municipal, a favor del Gobierno del Estado de Tamaulipas con destino a la Secretaría de Educación para regularizar la tenencia del inmueble donde se asienta el Centro de Estudios Tecnológicos Industrial y de Servicios (CETIS 71).