Con fundamento en el artículo 209 numeral 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y con motivo del Proceso Electoral concurrente 2023-2024,
el contenido de esta página ha sido modificado temporalmente del 01 de marzo al 02 de junio del 2024, una vez que concluyan las Jornadas Comisionales.
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¿Qué es el Congreso?

El Congreso del Estado es el órgano encargado de la elaboración de las leyes que regulan las conductas sociales en nuestra entidad, constituyéndose en Pleno Legislativo, con quórum legal, en sesiones ordinarias o extraordinarias, públicas o reservadas cuando su naturaleza lo requiera, y solemnes. A estas reuniones asisten los Diputados integrantes de la Legislatura Constitucional en turno, que para nuestro actual caso, es la número 65.

Por ello, se considera de vital importancia dar a conocer a la sociedad tamaulipeca, la estructura y los procedimientos que hacen posible la existencia y el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue creado este órgano legislativo.

Estado y Gobierno

Para comprender la naturaleza del Congreso, es necesario realizar previamente la distinción entre Estado y Gobierno, ya que en incontables ocasiones, son objeto de confusión.

El Estado es una organización jurídica que conforma una nación; es una entidad compuesta de personas y territorio que concibe o materializa un país, asimismo, es la estructura de la organización política de una sociedad, asentada en una región determinada y acorde a la existencia de un marco jurídico.


En este sentido, el Estado debe aplicar sus atribuciones y dar cumplimiento a sus funciones, por tanto, debe organizarse a través de un Gobierno investido de poder público; para que a través de él, se realicen las tareas encomendadas por la sociedad. El Gobierno debe garantizar el bienestar colectivo, además de resolver los conflictos que surjan en su interior, por medio del ejercicio de las leyes.


De igual forma, se puede concebir al Gobierno como una organización política que engloba a los individuos y a las instituciones, para formular las políticas públicas y para dirigir los asuntos del Estado, mismas que nacen de la necesidad de ordenar, regular, vigilar, y atender las múltiples actividades y necesidades de la colectividad.


Concluiremos diciendo que el Estado es un ente político, con soberanía y poder, que se crea sobre un territorio, el cual posee un conjunto propio de organizaciones de gobierno, orden jurídico, territorio y población.

Conformación del Estado Mexicano.

En cuanto a la estructura del Estado Mexicano, se encuentra que ésta es Federal, tal y como se puede apreciar en el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual señala:


"Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental"


Este Estado Federal es un país donde sus estados componentes son libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, pero están unidos en una federación, en un Estado que esta constituido por varios estados originalmente autónomos que han supeditado el ejercicio de su soberanía al unirse o aliarse a la del nuevo Estado Federal.


En el caso del Estado Federal Mexicano, éste surgió de un Estado central que trasmitió a los estados facultades enumeradas; el Estado Mexicano se organizo en una Federación, en un sistema político y jurídico consagrado en una Constitución, donde existe una división de poderes, y en el cual los ámbitos de gobierno se encuentran dentro de un ámbito o esfera de acción gubernamental, coordinados e independientes.

Estructura del Gobierno Mexicano.

La forma de Gobierno que adopta el Estado Mexicano, es la de un sistema democrático, republicano, representativo y federal.


Para una mejor comprensión, se entiende como gobierno republicano, cuando la jefatura de un Estado no es vitalicia, sino de renovación periódica; como gobierno demócrata, el gobierno de todos para beneficio de todos; y por último, y un gobierno representativo es aquel en el que el pueblo, a través del sufragio, elige a los representantes que han de gobernarlo.


Además de lo anterior, la forma de gobierno federal consiste en una distribución de facultades entre los órdenes de gobierno que le componen, y aplicadas a éstas en sus respectivas jurisdicciones. Asimismo, existen ámbitos o esferas de competencia, las cuales, aunadas a la división de poderes que la propia Constitución General, constituyen la estructura orgánica que llevan a cabo los fines del Estado.


En tal virtud, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 49, establece que los poderes públicos se dividen de la siguiente manera:


“Artículo 49. El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.”



Para el caso del Gobierno Estatal, esa división de poderes se establece en el artículo 116 de la misma Constitución Federal, como se muestra a continuación:


"Artículo 116. El poder público de los estados se dividirá, para su ejercicio, en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y no podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el legislativo en un solo individuo."

Conformación del H. Congreso del Estado de Tamaulipas.

En nuestro Estado, las bases legales sobre la constitución del Congreso del Estado se encuentran contenidas en la Constitución Política Local misma que, de acuerdo a los principios normativos que antecedieron, señala:


“Artículo 25. El ejercicio de las funciones propias del Poder Legislativo se encomienda a una asamblea que se denominará "Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas". Los Diputados al Congreso serán electos en su totalidad cada tres años. Por cada Diputado propietario se elegirá un suplente.
En los términos de la Constitución Federal, la ley general aplicable, esta Constitución y la ley estatal aplicable, los diputados podrán ser reelectos, de manera consecutiva, por una sola ocasión.
La postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato. En los casos de los Diputados que hayan accedido a tal cargo mediante una candidatura independiente, sólo podrán postularse para ser electos de manera consecutiva por esa misma vía, sin que puedan ser postulados por algún partido político o coalición.
Las legislaturas del Estado se integrarán con Diputados electos según los principios de Mayoría Relativa y de Representación Proporcional, en los términos que señale la Constitución Federal y la ley..”


De igual forma, la citada ley suprema del Estado refiere lo siguiente:


“Artículo 26. El Congreso del Estado se integrará por 22 Diputados electos según el principio de votación de Mayoría Relativa, mediante el sistema de Distritos Electorales Uninominales, y con 14 Diputados que serán electos según el principio de Representación Proporcional y el sistema de lista estatal, votadas en la circunscripción plurinominal que constituye el Estado.”


No obstante a lo que establece nuestra Constitución Estatal en cuanto a la conformación del Congreso, la Ley Sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado de Tamaulipas establece lo siguiente:


“Artículo 1.

1. El Poder Legislativo se deposita en una asamblea que se denomina Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas.
2. Durante los recesos del Congreso, la representación del mismo estará a cargo de la Diputación Permanente, conforme a las facultades que le atribuye la Constitución Política del Estado..

Artículo 2.

1. El Congreso se integrará por el número de miembros que señala el artículo 26 de la Constitución Política del Estado.
2. El ejercicio de las funciones de los diputados por el término de tres años, constituye una Legislatura.
3. El año legislativo comprende del 1º de octubre al 30 de septiembre del siguiente año calendario.”


De esta forma, se han referido los principios y bases legales acerca de la forma en que se constituye el Congreso del Estado; ya que así como es importante la elaboración de las leyes, lo es también conocer que es y cómo se conforma el órgano que las expide.


En términos generales, es así como el Estado de Tamaulipas realiza el correcto ejercicio de su soberanía por conducto de los poderes públicos constituidos sobre su territorio, siendo el Ejecutivo, Legislativo y el Judicial, independientes entre sí pero a la vez con naturaleza concurrente, para brindar a la sociedad un mejor desempeño en las cuestiones que conciernen a su actuar como entidad pendiente del desarrollo personal de sus habitantes.